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Se conoce como matrimonio morganático a la unión realizada entre dos personas de rango social desigual —por ejemplo, entre príncipe y condesa o entre noble y plebeyo—, en el cual se impide que el cónyuge y cualquier hijo de dicha unión herede u obtenga los títulos, privilegios y propiedades del noble. Es un término referido a las convenciones sociales y culturales propias del Antiguo Régimen. Era conocido también como «matrimonio de la mano izquierda» porque en este tipo de matrimonio el novio sostenía la mano derecha de la novia con la suya izquierda, cuando la costumbre era hacerlo al revés.
Este tipo de matrimonio era conocido en el derecho germánico, del que pasó al derecho de muchos pueblos. Según parece, su nombre proviene de morgen (matutino) y gabe (don). En ocasiones se le denomina también matrimonio sálico. La Iglesia católica siempre lo consideró como un matrimonio más.[1]
Principalmente, se realiza entre un noble y una plebeya, o viceversa, aunque estos últimos son casos poco comunes, ya que generalmente las mujeres no heredan ni reciben títulos y privilegios. En esta forma de matrimonio cada cónyuge mantiene su estado social original. A los hijos nacidos de este matrimonio se les conoce como hijos morganáticos y, a efectos legales, son considerados hijos legítimos.